¿Qué pasa con los drones en España?

Si piensas que un dron es un artefacto como cualquier otro y puedes utilizarlo cuando y como se te antoje, tal como si fuera un coche a control remoto, en pocas palabras, un juguete, debes saber que está muy lejos de ser un simple instrumento para la recreación; es necesario que estés en pleno conocimiento que su uso está regulado por todo un marco jurídico propio de la legislación española, el cual, si omites, puedes tener serios problemas con la ley.

drones en España

Adquirir uno de estos aparatos en España, es algo que ha tomado mucha popularidad y son variadas las motivaciones individuales o empresariales, que impulsan a realizar su compra; más aún porque su costo es cada vez más accesible para cualquier persona que esté interesada en este tipo de tecnología. 

Lo cierto, es que esta fiebre por el uso de drones apenas comienza y, los cambios tecnológicos que irá sufriendo para aumentar su tamaño, forma, potencia, velocidad y, demás características estructurales, le darán nuevos usos que es posible que estemos por presenciar una nueva era tecnológica.

En este sentido, es pertinente que el poder legislativo español, tome las medidas necesarias para evitar que los drones se usan irresponsablemente y esto, pueda convertirse en un problema social que se escape de las manos de las autoridades gubernamentales. 

Aunque, todo apunta que esto no sucederá, porque ya en España, está reglamentado el uso de drones con la ley 18/2014 de 15 de octubre (art. 50 y 51) y se espera que pronto sea promulgada una nueva ley con la inclusión de más elementos normativos, que, estará bajo la continua vigilancia de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), autoridad única en España que controla el espacio aéreo.

Cuáles son los aspectos legales más importantes que debes saber

1. Todo propietario y usuario de dron, que lo utilice para fines profesionales, está obligado a realizar una serie de pruebas teóricas y prácticas, que tendrán un costo en euros; una vez aprobadas, obtendrás un certificado médico de tipo LAPL, similar al que otorgan a los pilotos de aviones ligeros. Esta medida no aplica para aquellos usuarios que lo hacen por deporte o recreación.

Cuál es la disyuntiva que se presenta con esta norma: que no está lo suficientemente claro, qué elementos establecen la connotación de vuelo de dron por hobby (fines recreativos) o, vuelo para usos profesionales. Por ejemplo, una persona que use su dron para tomar fotos y grabar videos, para colocarlos en su página web o cualquier red social, ¿cómo debe ser considerada esta actividad?

Pero hay elementos que sí tiene claro la AESA, que, aunque sean utilizados con fines recreativos, es recomendable que el cuente con un seguro de responsabilidad civil; que las fotos o imágenes que publique, no se les de ningún tipo de uso profesional, ni que devengue alguna suma de dinero por su reproducción.

2. La ley establece límites a los espacios en los cuales se puede volar un dron, es decir, dónde y cuándo puedes realizar tu actividad, independientemente que sea con fines recreativos o profesionales.  El primero, es que no debes hacerlo sobre urbanismos, ni en lugares donde la gente tiende a aglomerarse, por ejemplo, playa, conciertos, estadios, fiestas, entre otros. Las condiciones meteorológicas deben ser favorables para la correcta visualización del piloto; tampoco puedes usar tu dron en horas de la noche.

En la nueva ley que se espera ser aprobada, este condicionamiento cambia, porque se contempla la posibilidad de que la aeronave pueda ser volada sobre núcleos urbanos y sitios donde concurra mucha gente, pero sujeto a estudios de seguridad, con los permisos correspondientes por parte de la AESA y solo para aquellos drones que pesen menos de 10 kilos de MTOM.

3. Los permisos de vuelo de drones, solo los otorga la AESA, por ser la autoridad estatal responsable del espacio aéreo, que si no lo sabías, es aquel que parte del suelo hasta alcanzar una altura aproximada de 15 kilómetros.  Es decir, ningún ente municipal está facultado para emitir este tipo de permiso, así pretendas volar tu dron sobre un inmueble de tu propiedad.

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4. El espacio aéreo cercano a las instalaciones de un aeropuerto es menos indicado para volar tu dron. Debes mantener una distancia mayor a los 15 kilómetros de cualquier aeropuerto, aunque, esta distancia disminuirá a 8 kilómetros con la aprobación de la nueva ley. Las razones son obvias, puedes estar interfiriendo en las operaciones aéreas y estar poniendo en riesgo la vida de seres humanos.

5. Además de esto, España, tiene zonas aéreas controladas y están sujetas a resguardo, independientemente que sea con fines recreativos profesionales. Si eres usuario frecuente de un dron, te recomendamos que investigues cuáles son estas zonas aéreas controladas en la totalidad del país.

6. No puedes andar tomando fotos aéreas donde te provoque, ya que, existen zonas prohibidas para el vuelo fotográfico, que no necesariamente están controladas por la AESA. En pocas palabras, puedes volar, pero no tomar fotos ni videos. Las razones son por asuntos de defensa y seguridad de la nación: bases militares, sedes gubernamentales y todo aquel espacio o instalación que el estado considere estratégico.

7. Obligatoriamente, tu dron debe estar identificado con una placa que tenga tus datos completos, un número telefónico de contacto y el serial del aparato, sin importar para qué fines lo utilices.

Ser precavido y conocedor de la ley, es un algo fundamental si eres fanático de los drones. Recuerda, este aparato no es un juguete y merece mucha seriedad y responsabilidad en su uso. 

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